Es frecuente que los cónyuges llegados al convencimiento de que es conveniente que tenga que hacer testamento deciden ir juntos al notario para formalizarlo. Una vez allí, le indican al Sr. Notario, o, en su caso al oficial de la notaria, que lo que quieren es un testamento en el cual sus hijos hereden a partes iguales después de fallecer ellos, a fin de que sus queridos vástagos continúen con el patrimonio familiar, pero una vez ellos ya no estén aquí.
Es entonces cuando se les dice la tan manida y errónea frase de “este testamento es de uno para el otro, y después para sus hijos a partes iguales”. Y en ese convencimiento quedan los dos hasta que, muchos años después, al tramitar la herencia del primero de ellos que fallezca, se dan cuenta de lo equivocados que estaban.



